Puede consultar nuestro calendario general en el que se relacionan todas las obligaciones tributarias, no obstante, si lo desea, puede confeccionar su calendario personalizado.
Calendario Personalizado
Presentación y Novedades del Calendario General
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Durante todo el mes
Se podrán presentar durante todo el mes de agosto las declaraciones correspondientes al mes de julio de Renta, Sociedades, IVA e Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 22 de septiembre.
Agosto 2008. Todas las empresas
511
Julio y Agosto 2008. Grandes Empresas
111
115
117
123
124
126
128
Julio y Agosto 2008. Grandes Empresas
320
Julio y Agosto 2008. Exportadores y otros Operadores Económicos
330
Julio y Agosto 2008. Operaciones asimiladas a las importaciones
380
Julio y Agosto 2008. Grandes Empresas inscritas en el Registro de Exportadores y otros Operadores Económicos
332
Julio y Agosto 2008. Grupo de entidades, modelo individual
322
Julio y Agosto 2008. Grupo de entidades, modelo agregado
353
Julio y Agosto 2008
430
Junio 2008. Grandes Empresas (*)
553
554
555
556
557
558
Junio 2008. Grandes Empresas
561
562
563
Agosto 2008. Todas las empresas
564
566
Agosto 2008. Grandes Empresas
560
Agosto 2008. Todas las empresas (*)
570
580
(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados (Grandes Empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo
510
Los obligados tributarios cuyo volumen de operaciones no supere 6.010.121,04 euros durante el año natural anterior y que efectúen la presentación telemática de los modelos 110, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 130, 131, 202, 213, 214, 215, 216, 300, 310, 311, 370 y 371 podrán utilizar como medio de pago de las deudas tributarias resultantes de los mismos la domiciliación bancaria en los plazos señalados en la ORDEN EHA/3398/2006, de 26 de octubre.
Se amplía de 1 a 4 años el período para presentar por vía telemática a través de Internet, las declaraciones en las que sus normas reguladoras recojan la imposibilidad de presentar las mismas por Internet cuando hubiera transcurrido más de 1 año a contar desde el inicio de su correspondiente plazo de presentación. Esta ampliación será aplicable por vez primera a las declaraciones correspondientes al ejercicio 2004.
Las declaraciones correspondientes al ejercicio 2005 podrán presentarse por vía telemática por teleproceso cuando no hayan transcurrido más de 4 años desde la finalización del plazo reglamentario de presentación de cada declaración.
Si coincide la fecha de vencimiento del plazo de presentación de declaraciones tributarias con alguna festividad local o autonómica, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario.
Si tiene alguna duda, puede consultar en las Oficinas de Información de su Delegación o Administración de la Agencia Tributaria o llamar, para consultas tributarias, al teléfono 901 33 55 33 (lunes a viernes de 9 a 19 h.).
Consultas de carácter informático: soporte@aeat.esSi importa mas de una vez los eventos dentro de su gestor de calendario, asegurese de eliminar los eventos anteriormente importados, ya que esto causa duplicación de eventos.