APORTACIONES
Dan derecho a reducir de la base imponible, las aportaciones realizadas
a Planes de Pensiones, Mutualidades de Previsión Social y Planes
de Previsión Asegurados por:
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El propio partícipe minusválido; reducen la parte general de la base imponible en la declaración del contribuyente minusválido que realiza la aportación. |
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Personas con relación de parentesco con el minusválido en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, así como el cónyuge o quienes le tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento; reducen la parte general de la base imponible en la declaración de la persona que la realiza. |
Reducciones por aportaciones a Planes de Pensiones y otros sistemas de previsión social a favor de personas con un grado de minusvalía igual o superior al 65% |
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Minusválido partícipe |
Cada una de las personas
emparentadas con el minusválido |
| Reducción anual máxima |
24.250 € |
8.000 € (3) |
| Reducción anual máxima conjunta |
24.250 € (4) |
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(3) Esta reducción es independiente de la aplicable, en su caso, a las aportaciones realizadas por estos contribuyentes a sus propios Planes de Pensiones y a los otros sistemas de previsión social arriba citados.
(4) Dicha cuantía incluye tanto las aportaciones realizadas por el propio minusválido como las efectuadas por otras personas a su favor, teniendo prioridad en la reducción las aportaciones realizadas por el propio minusválido cuando concurran ambas.
PRESTACIONES
Estas prestaciones constituyen rendimientos del trabajo y, en el
momento de la percepción de las mismas por las personas minusválidas
con grado igual o superior al 65%, resultan aplicables las siguientes
reducciones especiales:
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Prestaciones en forma de renta:
reducción hasta un importe máximo de dos veces el
indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM
para 2006: 6.707,40 €. Límite: 13.414,80 €). |
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Prestaciones en forma de capital: reducción del 50% de las cantidades percibidas, siempre que hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación. |
En el caso de que se perciban prestaciones en forma
de renta y aportaciones al patrimonio protegido de personas con minusvalía,
se integrarán en la base imponible del contribuyente discapacitado
por el importe en que la suma de tales rendimientos exceda de dos veces
el indicador público de renta de efectos múltiples (para
2006: 6.707,40 €. LÍMITE: 13.414,80 €).
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