
(29,7 KB)
(490 KB)
(63,7 KB)
(67,5 KB)
(25,6 KB)
(59,1 KB)
(25,6 KB)
(63,0 KB)A partir del 5 de octubre de 2010 se deberá imprimir en el Documento de acompañamiento de exportación (DAE) el número EORI del exportador y del declarante, siempre que lo posean, en lugar del identificador NIF o código de agente.
Igualmente y a partir de la misma fecha, se deberá imprimir en el Documento de acompañamiento de tránsito (DAT) y tránsito seguridad (DATS) el número EORI del obligado principal y del declarante, siempre que lo posean, en lugar del identificador NIF o código de agente.